PREGUNTAS FRECUENTES
Para estudiar un préstamo, ya sea personal, hipotecario,..hace falta el documento nacional de identificación de los titulares y avalistas. Justificación de puesto de trabajo mediante el contrato de trabajo y vida laboral. Justificación de ingresos mediante nóminas, últimas declaración de renta o certificado de retenciones de empresas. Justificación de otros prestamos, si se tiene, a través del cuadro de amortización y últimos recibos de pago. Justificación de otras propiedades si se poseen a través de nota simple y recibo de la contribución (IBI). En cualquier caso, la documentación a solicitar dependerá de la situación concreta de cada solicitante.
Todos sabemos que cuando se compra una vivienda hay que ir al Notario, pero por qué. Realmente una compraventa es la celebración de un contrato entre actuales propietarios y futuros propietarios, dónde se estipula el objeto en sí que se transmite, el precio y su forma de pago, constituyendo así las Escrituras de Compraventa. Además a la hora de adquirir un inmueble es necesario liquidar un impuesto tratándose de IVA (10%) si es vivienda de nueva construcción, que se paga a la constructora o del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, ITP (8% o 3,5% , en caso de Andalucía) si se trata de segundas o posteriores transmisiones y se liquida a la Junta de Andalucía usando el modelo 600. Pues bien, una vez liquidado el impuesto (modelo 600) y con las escrituras de compraventa debemos presentarlo en el Registro de la Propiedad para que quede constancia de la nueva titularidad.
Estos gastos son referente a la compraventa, pero cuando se constituye una hipoteca debemos añadir gastos hipotecarios. En éste caso se constituye un contrato ante Notario con la entidad financiera que concede el préstamo, especificando las condiciones del mismo. Hay que soportar gastos registrales, ya que en el Registro de la propiedad hay que dejar constancia que la vivienda es garantía hipotecaria del préstamo. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (modelo 600). Por otro lado, la vivienda es visitada por una empresa tasadora para que la valore según su situación, estado, metros,… En cuanto a gastos bancarios podrían incluirse comisión de apertura/ estudio, gestoría y seguros. Referente a los gastos bancarios anteriormente nombrados, dependerá de situación particular de cada cliente.
Así es, si se compra una vivienda de segunda o posteriores transmisiones. Se trata de una reducción en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) que nos concede la Junta de Andalucía. El primero de ello se liquidaría el 3,5% si va a constituir vivienda habitual y si la el valor de la vivienda no supera 180.000€. En el caso de AJD se reduce hasta 0,3% si el valor de la hipoteca no supera 180.000€.
Existen dos tipos de aval. El aval personal es quien respondería con las obligaciones de pago en caso de que el titular no lo hiciera. Aval con garantía hipotecaria es quien responde antes esas obligaciones con todos sus bienes.